
La Igualdad de Género como Prioridad
En la sociedad actual, la igualdad de género es un principio fundamental que debemos promover. Las empresas desempeñan un papel crucial en la promoción de esta igualdad, pero es alarmante descubrir que aproximadamente el 70% de las empresas no cumple con el requisito obligatorio de tener un Plan de Igualdad implementado.
Multas más Estrictas que Nunca
La Inspección de Trabajo ha intensificado la supervisión de esta normativa, y como resultado, las multas a empresas por incumplimiento se han multiplicado por siete. Este aumento en las sanciones debería ser una llamada de atención para todas las empresas. Esto está ocurriendo por la elaboración del Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2021-2023, que pone el foco en «La igualdad y no discriminación en el empleo» y que incorpora dentro de la Planificación de la acción inspectora que establece que: «Se intensificará la campaña sobre control de planes y medidas de igualdad, así como la de discriminación retributiva, prestando especial atención a las nuevas obligaciones sobre esta materia, incluido el registro retributivo. Se intensificarán las actuaciones en materia de acoso sexual y acoso por razón de sexo, prestando especial atención a la planificación llevada a cabo para prevenir y erradicar dichas situaciones».
Las Consecuencias del Incumplimiento
Las empresas que no han implementado un Plan de Igualdad se enfrentan a sanciones económicas, como se establece en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), se considera una infracción muy grave: No elaborar o no aplicar el plan de igualdad, o hacerlo incumpliendo manifiestamente los términos previstos, cuando la obligación de realizar dicho plan responda a lo establecido en el apartado 2 del artículo 46 bis de la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Las sanciones por este hecho oscilarían de 7.501 a 225.018 euros; en su grado mínimo, de 7.501 a 30.000 euros; en su grado medio de 30.001 a 120.005 euros; y en su grado máximo de 120.006 euros a 225.018 euros.
Pero no es solo la sanción la única consecuencia o efecto derivado del incumplimiento de contar con un Plan de Igualdad estando obligado a ello.
Sin bonificaciones a la contratación
Desde el pasado 1 de septiembre se establece expresamente que las empresas obligadas a tener Plan de Igualdad y no lo tengan no podrán ser beneficiarios de las bonificaciones a la contratación (Real Decreto Ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral). Para poder acceder a las bonificaciones deberán “contar con el correspondiente plan de igualdad, en el caso de las empresas obligadas legal o convencionalmente a su implantación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres”, y además se entenderá cumplido “con la inscripción obligatoria en registro público de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del Real Decreto 901/ 2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.”
Por lo tanto, no solo se debe contar con un Plan de igualdad, también hay cumplir el requisito del registro obligatorio (REGCON).
No poder contratar con las administraciones públicas
Desde el 1 de enero de 2023, tras la modificación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se establece expresamente que las empresas obligadas a tener Plan de Igualdad no podrán contratar con la Administración y demás entidades del sector público si no tienen plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres.
¿Qué Empresas están Obligadas a Implementar un Plan de Igualdad?
Según el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, todas las empresas que empleen a 50 o más personas tienen la obligación de implementar un Plan de Igualdad. Esta normativa tiene como objetivo primordial erradicar las desigualdades derivadas del género y avanzar hacia una sociedad más igualitaria e inclusiva.
Beneficios de la Implementación del Plan de Igualdad
La implementación de un Plan de Igualdad no solo cumple con las exigencias legales, sino que también conlleva beneficios significativos para empleados y empresas en general. Estos incluyen el fomento de una cultura de igualdad, el aumento de la motivación y el compromiso de los empleados, la mejora de la retención de talento, el impulso de la diversidad y la inclusión, la mejora del cumplimiento legal y la consolidación de la reputación de la empresa.
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